Después del Censo Nacional realizado recientemente y ante el escenario de la nueva distribución de recursos económicos a las entidades territoriales autónomas, se abre el espacio de estructurar una agenda del Pacto Fiscal para fortalecer y promover la inversión y productividad.
Esta responsabilidad debe cumplirse ante el decrecimiento de los recursos de explotación que genera el Impuesto Directo a los Hidrocarburos, IDH, que depende de factores externos y que el país no domina como la demanda del consumo y los precios internacionales.
Se requiere modificar e incrementarse los recursos provenientes de la coparticipación tributaria, en base a criterios, principios derechos y obligaciones que establece la CPE, Art. 321, que dice:
“La determinación del gasto público será por medio de mecanismos de participación ciudadana y de planificación técnica y ejecutiva estatal, las asignaciones atenderán la educación salud vivienda y desarrollo productivo”.
Vale decir, definir nuevos ingresos, destino y composición de los recursos en forma estructural.
Como resultado de la Ley de Autonomías y Descentralización se estableció el Pacto Fiscal, el año 2017, que se basó en las estructuras económicas ya existentes como el Decreto 21060 del año 1985, la Ley de Participación Popular de 1994, la vigencia de la ley del IDH del año 2005 y de las regalías establecidas de los departamentos hidrocarburíferos.
Ante la crisis actual por reducción de los ingresos por la exportación hidrocarburífera, el régimen de Coparticipación Tributaria requiere ser extendido para atender las asimetrías a las regiones más deprimidas, así como de los pueblos indígenas, la biodiversidad y explotación de recursos naturales renovables y no renovables dentro de las áreas protegidas.
CONTEXTO INTERNACIONAL
SOBRE PACTOS FISCALES
El nuevo contexto internacional establecido por la ONU aprobado en forma inédita por la Asamblea General, está sujeto a términos de referencia del Pacto Fiscal Global Internacional y sus protocolos aprobados el 16 de agosto de este año propuesto por el Bloque del Sur Global de América Latina, el Caribe y África.
El mencionado protocolo amerita que los países de la región de América Latina adecuen sus actuales pactos fiscales a estas nuevas reglas internacionales de regímenes tributarios buscando el desarrollo tecnológico, la inversión pública y el intercambio de energías alternativas, frente al cambio climático.
Ante este contexto, Bolivia requiere un nuevo Pacto Fiscal acorde a estas nuevos criterios y reglas internacionales impositivas; definir nuevas competencias, fuentes de ingresos y asignación de recursos a las ya definidas constitucionalmente referidas al 11 % de regalías petroleras y del 4 % de Coparticipación Tributaria de los impuestos directos que define la CPE dentro en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.
El nuevo Pacto Fiscal debe definir alternativas y nuevas rentas nacionales en beneficio de las regiones autonómicas bajo el régimen de coparticipación, extensible a nuevas regalías de explotación de recursos naturales no renovables.
Igualmente debe buscar soluciones estructurales al déficit fiscal y las subvenciones hidrocarburíferas, efectos del cambio climático, energías alternativas y recursos naturales para una nueva matriz energética.
En esta visión de futuro debe ser abordado el contexto de un nuevo Pacto Fiscal con Justicia Fiscal, enfocado en la competitividad, inversión pública, sustitución del IDH que no tiene un futuro a largo plazo, frente al escenario internacional del cambio de matriz energética mundial.
Los criterios de este Pacto Fiscal deberán adecuarse a lo establecido recientemente por la Asamblea de la ONU sobre nuevas reglas impositivas a los flujos económicos y de capitales internacionales que, al no tener fronteras, se amparan en muchos casos en paraísos fiscales en desmedro de las recaudaciones tributarias de los países donde explotan sus recursos naturales extrayéndoles sus riquezas sin contribuir a su desarrollo y disminución de la pobreza.
CRITERIOS DE UN NUEVO PACTO FISCAL
Los posibles criterios de contenidos para un nuevo Pacto Fiscal con Justicia Fiscal tomarían en cuenta disposiciones más precisas:
—Gravar los patrimonios de acciones de capitales de empresas multinacionales que operan por concesiones en el país mediante el desarrollo de un Registro Nacional de Activos
—Complementar a mediano plazo el Impuesto Directo a los Hidrocarburos, con un Fondo de Inversiones provenientes del Producto Interno Bruto y de otras rentas e ingresos, redistribuidos mediante coparticipación.
—Establecimiento de un Régimen Impositivo progresivo a las rentas de capitales patrimoniales de empresas que cotizan en Bolsas nacionales y extranjeras
—Normativas de acceso de bienes patrimoniales y de infraestructura bajo el régimen autonómico y de bienes sociales con presupuestos e inversiones nacionales a las regiones.
—Establecer normativas a las economías digitales extraterritoriales de capitales de inversiones que operan en el país.
—Repatriación de capitales nacionales en paraísos fiscales que eluden la tributación nacional.
FONDO AMBIENTAL COMPENSATORIO
El nuevo Pacto Fiscal con justicia, tiene que ver con desarrollo del Régimen Impositivo a los Pasivos Ambientales vinculados a los mercados del carbono para la conservación y restauración de daños ambientales en áreas protegidas y parques nacionales.
Para ello, el acuerdo debe contemplar, la creación de un Fondo Ambiental Compensatorio de coparticipación nacional con recursos disponibles de la cooperación internacional del Fondo Verde, establecidos en los Acuerdos de Paris y sucesivas conferencias climáticas, COP 24, 25 y 26 donde el país es signatario.
Los territorios Indigenas y sus poblaciones locales deben ser incluidas en el Pacto Fiscal para atender sus demandas de salud educación y uso de sus recursos naturales en un régimen de coparticipación de las rentas nacionales.
—Creación de un Registro Ambiental obligatorio para Pasivos Ambientales.
—Sustitución de las Subvenciones a los carburantes y fortalecer energías alternativas e inversiones en tecnologías.
—Establecimiento de un sistema de control que evite el fraude comercial que elude los regímenes tributarios.
—Establecimiento de Contribuciones tributarias especiales para obras e infraestructuras.
—El Pacto Fiscal deberá ser institucionalizado por ley quinquenalmente para su fortalecimiento mediante un Consejo Nacional.
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Fuentes bibliográficas y de consulta
▪Términos de Referencia de Convención de Naciones Unidas de Cooperación Tributaria Global. Protocolos adicionales. Agosto 2024
▪Primera Cumbre de Latinoamérica y el Caribe para una Tributación incluyente y sostenible.
▪Red Latinoamericana de Justicia Fiscal.
▪Iván Finot. Economista. Libro: Pacto Fiscal, como conciliar ejecución con igualdad. Fines y características del Pacto Fiscal Coparticipación Tributaria de gobiernos autonómicos.
▪CDE Foro Tributario Internacional.
Redacción:
Walter Paz, abogado y analista internacional.
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